26/7/10
PROCESION EXTRAORDINARIA DE NTRA. SRA. DE LOS DOLORES
La Hermandad del Nazareno de Estepa está conmemorando el I Centenario de Nuestra Señora de los Dolores (1910 - 2010) y por ello el próximo 19 de septiembre procesionará la dolorosa de forma extraordinaria por las bellas calles de la localidad estepeña.
De esta manera la Hermandad vive de forma jubilosa dos años cargados de actos y cultos en torno a sus titulares, el pasado año se cumplían 250 años de Jesús Nazareno de Estepa y este año el Centenario de la talla de la bella dolorosa del Viernes Santo.
Noticia de Artesacro
23/7/10
IV CONGRESO DE HERMANDADES Y COFRADÍAS DEL DULCE NOMBRE DE JESÚS EN ABLITAS (NAVARRA)
Día 9 de octubre
16,00 horas.- Recepción de congresistas y entrega de acreditaciones y documentación.
16,15 horas.- Recepción de autoridades.
16,30 horas.- Intervención de la escolanía de gregoriano "Gaudium Nostrum".
16,45 horas.- Acto de inauguración del congreso, presidido por Francisco Pérez González arzobispo de Pamplona y obispo de Tudela.
17,30 horas.- Pregón anunciador del IV Congreso Cofradías del Dulce Nombre de Jesús.
18,00 horas.- Nombramiento de Cofrade de Honor a Juan Carlos I, Rey de España.
18,45 horas.- Segunda interpretación de la escolanía de gregoriano "Gaudium Nostrum".
Descanso
19,00 horas.- Ponencia a cargo del Dr. Ricardo Fernández Gracia, "Historia, arte y devoción del Divino Infante de Navarra".
19,50 horas.- Interpretación del himno de Navarra.
20,00 horas.- Ágape de confraternización en la pista Monterrey, Avda. Ribaforada de Ablitas.
Día 10 de octubre
09,00 horas.- Auroras por las calles de la villa de Ablitas.
10,00 horas.- Desayuno popular.
11,00 horas.- Recepción de autoridades y congresistas en el ayuntamiento.
11,30 horas.- Procesión con la imagen del Dulce Nombre de Jesús.
12,15 horas.- Solemne eucaristía presidida por Francisco Pérez González arzobispo de Pamplona y obispo de Tudela.
14,30 horas.- Almuerzo en el hotel Chateau Pago de CirsuS 5* GL.
18,30 horas.- Acto de clausura del congreso.
19,00 horas.- Concierto de música sacra en la iglesia parroquial de Santa María Magdalena.
Día 11 de octubre (fuera de congreso). Visitas guiadas y gratuitas incluido almuerzo.
Mañana.
7,30 horas, visita del parque natural de las Bárcenas Reales de Navarra.
10.00 horas recepción en el salón del Trono del Palacio de Navarra y visita y recorrido por Pamplona.
13,30 horas. Eucaristía en el Castillo de Javier.
14,30 horas, almuerzo en Javier.
18,00 horas. Visita al castillo de Olite.
El coste de la inscripción es de 50 euros por persona, (Incluye la asistencia a todos los actos del programa, ágapes y almuerzos del mismo, así como la entrega de diplomas) y deberán remitir a la siguiente dirección inscripcion@dulcenombreablitas.com los siguientes datos:
- Nombre, apellidos y DNI.
- Domicilio, CP y localidad de residencia.
- Teléfono e e mail de contacto.
- Cofradía del Dulce Nombre a la que se pertenece y cargo, en su caso, que se ocupa en la Junta de Gobierno de la misma.
- Justificante de ingreso de los 50 euros en la Caja de Navarra CCC 2054 0121 70 9156673287.
El plazo de inscripción finaliza en un principio el 31 de agosto próximo.
Páginas Web de la Hermandad:
-Hermandad del Dulce Nombre de Ablitas (I)
21/7/10
II CONGRESO ANDALUZ SOBRE PATRIMONIO HISTÓRICO: La Virgen de las Angustias, escultura e iconografía.
El II Congreso Andaluz sobre Patrimonio Histórico 2010 que se celebrará en la localidad estepeña del 16 al 17 de septiembre de este año, organizado por la Delegación de Cultura del Ayuntamiento de Estepa, girará este año en torno a la imagen de la Virgen de las Angustias del municipio, bajo el título “La Virgen de las Angustias, escultura e iconografía”.
El plazo de inscripción a estas jornadas ya está abierto y así permanecerá hasta el 30 de agosto, pudiéndose formalizar las inscripciones en la Casa de la Cultura Miguel de Cervantes. La matrícula ordinaria es de 30 euros, mientras que estudiantes, licenciados en paro, alumnos del Aula de la Experiencia o jubilados sólo pagarán 12 euros. Además, aquellos que presenten en la secretaría de las jornadas una comunicación o ponencia breve para ser leída en el transcurso de las jornadas estarán exentos del pago de la matrícula.
En cuanto a la obtención de certificados, la organización aclara que la asistencia es obligatoria a la totalidad de las horas del congreso, pues sólo así se tendrá derecho a obtener el certificado acreditativo. Asimismo, la organización está gestionando con las universidades de Sevilla y Pablo de Olavide el reconocimiento de estas jornadas para la obtención de 1.5 créditos de libre configuración.
Para más información, pueden dirigirse a
Casa de la Cultura de Estepa “Miguel de Cervantes” de Estepa
C/ Saladillo, 12 - 41560 Estepa (Sevilla)
Tlfno. 955 913 437. Fax: 955 912 510
e-mail: congresoestepa@gmail.com
VIII JORNADAS DE HISTORIA: Las Hermandades y Cofradías de Estepa. Historia y Patrimonio.
La inscripción asciende a 30 euros, salvo para estudiantes, licenciados en paro, alumnos del Aula de la Experiencia y jubilados, que costará 12 euros. No obstante, las personas que presentes comunicaciones con el fin de leerlas en público durante el transcurso de las Jornadas estarán exentas de pago. La fecha límite para formalizar la inscripción es el 30 de agosto, o hasta completar aforo, según aclara la organización.
El Ayuntamiento de Estepa ha solicitado a la Universidad de Sevilla y a la Universidad Pablo de Olavide la convalidación de las Jornadas por 2 créditos de libre configuración, si bien este aspecto está aún por confirmar. La organización advierte que la asistencia es obligatoria a todas las horas del congreso, pues sólo así se tendrá derecho a la obtención del certificado acreditativo.
Para más información, pueden dirigirse a
Casa de la Cultura de Estepa “Miguel de Cervantes” de Estepa
C/ Saladillo, 12 - 41560 Estepa (Sevilla)
Tlfno. 955 913 437. Fax: 955 912 510
e-mail: congresoestepa@gmail.com
VELÁ DE SANTA ANA 2010
PROGRAMA DE ACTOS
JUEVES, 22 DE JULIO
22:00h. Cine de Verano en la Plaza de Santa Ana
VIERNES, 23 DE JULIO (DÍA DEL NIÑO)
21:30h. Prueba Oficial del alumbrado
22:00h. Divertidas Cucañas
22:30h. Noche Flamenca y Exhibición de Baile Academia "Soniquete Estepeño"
SÁBADO, 24 DE JULIO
19:30h. X Trofeo de Veteranos (Vet. Estepa vs Vet. El Coronil)
19:30h. Carreras de Cintas a Caballo
21:30h. Pasacalles a cargo de los antiguos músicos de Estepa
22:00h. Concierto de pasodobles y Presentación de la Nueva Marcha "Señora de la Coracha"
DOMINGO, 25 DE JULIO
21:00h. Solemne Función Religiosa en la Plaza de Santa Ana
LUNES, 26 DE JULIO
20:30h. Solemne Procesión de SANTA ANA
00:00h. Gran Función de Fuegos Artificiales y FIN DE FIESTA
LA ANTIGUA HDAD DE LA SEÑORA SANTA ANA SE RESERVA EL DERECHO A REALIZAR CAMBIOS EN LOS HORARIOS
Noticia publicada en el blog El zoom de Gar, El poeta.
18/7/10
LA DIVISIÓN DE LAS PARROQUIAS
A mediados del siglo XVI se inicia un contencioso que acabó con la división de los feligreses de la antigua parroquia de Santa María de la Asunción y la creación de una nueva parroquia para la villa de Estepa tomando la Ermita de San Sebastián como sede. En este proceso se vio involucrado el poder religioso y político de la Estepa del siglo XVI. Por un lado la Vicaría, que se refugia en la cada vez más despoblada villa del recinto amurallado y en la parroquia de Santa María de la Asunción. Y por otro lado, el Concejo de Estepa, que representa principalmente al arrabal recientemente creado a las faldas del Cerro del San Cristóbal y, por tanto, extramuros. A esta división en el ámbito local se le unió otros poderes que tenían competencias en Estepa y que tuvieron que pronunciarse sobre este hecho: el monarca como soberano de estas tierras y la Orden de Santiago, que por asignación del monarca controlaba y gobernaba las tierras a través de una encomienda.
Por un lado, el poder político y religioso, anclado en el pasado, permanece refugiado en el recinto amurallado, mientras va surgiendo paulatinamente la nueva ciudad, cuyos habitantes, a través del Concejo reclaman parcelas de poder y nuevos espacios sociales y simbólicos. En 1541, Carlos I ante la súplica del Concejo de Estepa libra provisión y sobrecartas para que en la ciudad hubiese dos parroquias, la de Santa María y la de San Sebastián. Se inicia todo un largo proceso de pleitos entre las dos parroquias y las dos instituciones (Concejo y Vicaría) por motivo de las primicias, y la división parroquial. El pleito se alarga, y el Prior de San Marcos de León no toma carta en el asunto hasta el 3 de marzo de 1559, haciendo la división parroquial. Pero dado que esta no se hace efectiva se inicia un nuevo proceso de recursos del Concejo de Estepa a Felipe II (1562), ordenando éste que se cumpla la división, ante lo cual Santa María apela al Papa, siendo nombrado Juez Apostólico el Arzobispo de Sevilla, y resolviéndose el conflicto mediante un breve Letras Apostólicas del Papa Pío IV (1559-1565). En todo este proceso hay un hecho importante como es la venta de la Encomienda a los Centurión, proceso que se inicia en febrero de 1559 y se hace efectiva en agosto del mismo año. Curiosamente la decisión del Prior de San Marcos coincide con estas fechas. Nos encontramos tras la venta de la ciudad con un tercer grupo en litigio, que posiblemente aprovecha cualquier oportunidad para mermar el poder del Vicario, que en cierta medida era una institución vinculada con la Orden de Santiago.
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(Carta de Carlos I de 1552 dirigida al prior del convento de San Marcos de León ordenándole que divida las parroquias en dos cuando visite la villa)
Don Carlos por la Divina clemencia emperador Samper augusto, Rey de Alemania, de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Chrslum, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las islas de Canaria, de las Indias, islas y tierra firme del mar océano, Conde de Flandes y de Tirol, etc. Administrador perpetuo de la orden de la caballería de Santiago por autoridad apostólica.
A vos el Reverendo padre prior del convento de Sant Marcos de León, salud y gracia, sépales que Martín López de Linares, procurador general de la villa de Estepa, me hizo relación por su petición que en el capítulo general que de la dicha orden que por mi mandado al presente se celebra en esta villa de Madrid presentó diciendo que por una mi provisión y ciertas sobrecartas de la que a suplicación del consejo de la dicha villa, mandé dar librada en el mi consejo de la dicha orden y sellada con mi sello de la dada en esta villa de Madrid a trece días del mes de enero de mil y quinientos y cuarenta y un años hube proveído y mandado
Que en la dicha villa hubiese dos iglesias parroquiales y que una fuese la que antiguamente estaba y la otra la iglesia del señor San Sebastián y que para este efecto se dividiese el dicho pueblo, que se hiciese dos parroquias en cierta forma según que más largamente en la dicha mi provisión y sobrecartas se contiene, y que en cumplimiento de eso se hizo la dicha parroquia de San Sebastián, y que a causa de ser pobre sin rentas algunas no hay en ella ornamentos ni se sirve el oficio divino como se requiere y está tan mal reparada que se espera se caiga si con brevedad no se reparase, y que atento que la otra iglesia de nuestra señora tiene las primicias de todos los vecinos y el dezmero escusado que le renta todo más de mil fanegas de trigo cada año mandase que de las dichas primicias o del dicho escusado que le diese alguna parte a la dicha iglesia de San Sebastián con que se pueda reparar y proveer de lo necesario y proveer cerca de ello como la mi merced fuese,
y en el dicho capítulo fue acordado que debía mandar dar esta mi carta en la dicha razón e yo tóvelo por bien por lo cual vos cometo y mando que cuando visitareis la dicha villa de Estepa veáis la dicha mi provisión y sobrecartas de que se suso se hace mención y al tenor y forma de ellas hagáis dividir y dividáis la dicha villa en las dichas dos parroquias y ansí dividida proveáis que los parroquianos que fuesen de la dicha iglesia de San Sebastián paguen donde en adelante a la dicha iglesia las primicias enteramente como lo deban pagar en o a la dicha iglesia de nuestra señora Santa María ni a otra alguna y sobre ello dejéis en la dicha villa los recados y mandamientos autos y diligencias que necesario sean para que donde luego se cumple y ejecute, todo lo cual mando que se traiga e presente en el primero capítulo general de la dicha orden que se celebrare para que en él se vea o confirme o provea lo que según Dios y orden debe ser proveído y non fagades ende al por alguna manera.
Dada en la villa de Madrid a cinco días del mes de febrero año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo de mil y quinientos y cincuenta y dos años.
Yo el Príncipe
Yo Juan Vázquez de Molina, Secretario de su cesárea y católica majestad la fiz escribir por mandado de su alteza.
Prior Uclen
Prior Sancti Marci legione
El Conde de Buendía, trece.
El Conde de Don Pedro Manrique, trece.
Don García de Toledo, trece.
Don Enrique, trece.
Don Pedro de Córdoba, trece.
Vasco de Acuña, trece.
Rodrigo Niño, enmienda.
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(Carta de Francisco Yánez, clérigo notario del prior de San Marcos, donde manifiesta que a día 13 de marzo de 1559 se ha acordado la división de las parroquias y cómo debe hacerse)
Y después de lo susodicho en la dicha villa de Estepa a trece días del dicho mes de marzo del dicho año de mil y quinientos y cincuenta y nueve años su señoría del dicho señor prior dijo que ha visto, entre proceso y las diligencias, fechas en cumplimiento de la dicha provisión de su majestad y de los del capítulo general de la Orden de Santiago, y como parece que en cumplimiento de la provisión y sobrecarta de su majestad que fue ganada al pedimento del Consejo de la dicha villa en el año de mil y quinientos cuarenta y uno fue fecha iglesia parroquial la dicha iglesia de Sant Sebastián y se puso en ella el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y dende entonces acá ha sido iglesia parroquial y que a su señoría le consta ser la iglesia pobre
y atenta la información que hay de cómo se hizo la división de la parroquia, y mandaba y mandó llevar a debido efecto la dicha provisión ante él presentada, y declaraba y declaró habiendo primero comunicado por donde convendrá que se dividan las parroquias y que parroquianos sean los de la dicha iglesia de Nuestra Señora y que parroquianos sena los de la iglesia de San Sebastián, que la división sea por toda la calle que dicen la calle Ancha desde la Coracha la calle adelante hasta el pozo dulce que es la de arriba y la de Sevilla hasta el dicho pozo queden para la parroquia de Santa María e desde el derecho del dicho pozo por la calle adelante hasta la Coracha e hasta el pilar que allí está los vecinos de la acera de arriba sean los parroquianos de la iglesia de Santa María y los de la acera de abajo y el demás pueblo de allí abajo sea parroquia de la iglesia de San Sebastián
y mandada y mandó que todos los dichos parroquianos que vivieran dentro de la dicha parroquia de San Sebastián paguen y den las primicias de pan que debieren e hubieren de dar, y acudan con ellas a la dicha iglesia de San Sebastián y a su mayordomo en su nombre y no a la dicha iglesia de Nuestra Señora ni su mayordomo de aquí adelante el cual dicho mayordomo y ansí se las adjudicaba e adjudicó desde agora para en adelante,
y mandaba y mandó dar su mandamiento para que se lea e publique en las iglesias parroquiales de esta dicha villa públicamente con relación de lo contenido en este auto para que se entienda la dicha división y que parroquianos son los de la una iglesia y que parroquianos son los de la otra, y que pague cada uno la primicia del pan a la iglesia donde es parroquiano y que ansí se guarde e cumpla lo cual ansí mandó que se guarde sin perjuicio de las primicias de la dicha iglesia mayor para que en las procesiones generales y en el día de Corpus Christi y en los otros días y tiempo en que se acude o suele acudir a la iglesia mayor e ocurre allí el pueblo ocurran e asistan los unos parroquianos y los otros, y allí se celebren los oficios como en las demás iglesias mayores se suele hacer y porque en la dicha provisión ante su señoría presentada se manda que lo que se hiciere en cumplimiento Della en manera que haga fee se lleve el primero capítulo general que se haga para que su majestad lo vea y lo confirme, mandaba y mandó que ansí se haga e cumpla e se dé testimonio con el traslado de todo lo fecho por su señoría y su señoría lo firmó y fueron testigos a lo susodicho Francisco de Campomanes y Hernando de Villamizar criados de su señoría:
Prior Sancti Marci legione
Francisco Yáñez, clérigo notario
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(Carta del prior del convento de San Marcos de León, Don Cristóbal de Villamizar, de 14 de marzo de 1559 donde autoriza al Consejo la división de las parroquias)
Don Cristóbal de Villamizar, por la gracia de Dios prior del convento de Sant Marcos de León, del Consejo de su majestad a todos los vecinos y moradores de la villa de Estepa e a cada uno de ellos salud y gracia, hacemos saber que Martín López de Linares, vecino de la dicha villa, presentó ante nos una provisión de su majestad, firmada de su majestad el Rey Don Felipe, nuestro señor e de los señores priores y treces del Capítulo general de la Orden de Santiago, su tenor de la cual es este que se sigue: (carta de Carlos I)
Presentada la dicha provisión, nos fue pedido por el dicho Martín López de Linares la obedeciésemos y cumpliésemos como en ella se contenía e nos la obedecimos con el debido acatamiento y en su cumplimiento mandamos se trajesen ante nos las provisiones y carta ejecutoria de que en la dicha provisión se hace mención e hicimos sobre ello ciertas informaciones e averiguaciones, ansí sobre lo contenido en las dichas provisiones como de lo que en cumplimiento de ellas se hizo, y se presentó traslado autorizado de las dichas provisiones, las cuales parecen que fueron ganadas del pedimento de parte de Consejo de la dicha villa y fechas por nos las diligencias que nos pareció que convenían en cumplimiento de la dicha provisión pronunciamos un auto o declaración que su tenor es este que se sigue: (carta de Francisco Yánez)
Por tanto dimos la presente por lo cual mandamos que de aquí adelante se guarde y cumpla el dicho auto y declaración de suso incorporando en todo y por todo según y como en él se contiene y para que mejor haya efecto por la presente demonestamos y mandamos al reverendo señor hermano vicario de la dicha villa e a su lugar teniente y de parte de justicia requerimos y si es necesario mandamos en virtud de santa obediencia y so pena de cincuenta ducados para obras pías a la justicia real de la villa hagan ejecutar y mandar y llegar a debido efecto lo de suso contenido por nos declarado y proveído en cumplimiento de la dicha provisión sin que falte cosa alguna de lo cual dimos la presente firmada de nuestro nombre refrendada del notario infrascripto.
Dada en la dicha villa de Estepa a catorce días de marzo de mil y quinientos y cincuenta y nueve años
Vatestado-de-su-novala e entre-renglones-de-Gibraltar-e declaro presentada-vala-Ch: por. Sancti. or legionem-por mandado del Prior mi señor.
Francisco Yáñez, clérigo notario.
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En 1559 Carlos I otorga la villa de Estepa a la familia genovesa de los Centurión, por lo que la encomienda de la Orden de Santiago deja de tener autoridad en la villa y la división de las parroquias no se había llevado a cabo. La parroquia de Santa María se niega entonces a cumplir la división y en 1562 intervine el rey Felipe II.
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Felipe II (1556-1598)(Carta de Felipe II de 1562 dirigida al Concejo de la villa ordenando que se cumpla la división de las parroquias)
Don Felipe por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Chrslum, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las islas de Canarias, de las Indias, islas y tierra firme del mar océano, Conde de Flandes y de Tirol, etc. Administrador perpetuo de la orden de caballería de Santiago por autoridad apostólica.
A vos el Consejo alcaldes, regidores oficiales y vecinos de la villa de Estepa, así a las que agora sois como a los que serán de aquí adelante y al cura y vicario ques o fuere de la dicha villa, y a cada uno y cualquier de vos por lo que le toca y atañe lo que de Yuso en esta mi carta está contenido, salud y gracia;
Bien sabéis que el emperador, mi señor, que santa gloria aya por una su real provisión, que a suplicación de Martín López de Linares, procurador general de dicha villa, mandó dar librada en el capítulo general de la dicha orden últimamente se celebró en la villa de Madrid el año pasado de mil y quinientos y cincuenta y dos cometió el reverendo padre prior del convento de Sant Marcos de León que cuando visitase la dicha villa de Estepa viese una provisión y sobrecarta de su majestad y atento el tenor y forma Della hiciese dividir e dividiese la dicha villa en dos parroquias, una de las cuales fuese la de Nuestra Señora Santa María que antiguamente solía haber en ella y otra de la advocación de San Sebastián, y que ansí fecha la dicha división proveyese que los parroquianos de la dicha iglesia de Sant Sebastián le pagasen dende en adelante enteramente las primicias, y no acudiesen con ellas a la parte de la dicha iglesia de Nuestra Señora Santa María ni a otra persona alguna y que hiciese y dejase sobre ello los proveimientos y mandamientos que viese ser necesarios según más largo en la dicha parroquia se contiene.
Con la cual parece fue requerido el reverendo padre don Cristóbal de Villamizar, prior del dicho convento, y en su cumplimiento hizo ciertos autos y proveimiento según por ellos y por la dicha provisión parece que su tenor es el siguiente: (carta del prior del convento de San Marcos)
Y habiéndose por parte de vos el dicho Consejo y de la dicha iglesia de Nuestra Señora dicho y alegado ante el dicho prior contra la dicha provisión y contra la división que en cumplimiento della hizo de las dichas parroquias apelasteis del auto y mandamiento que sobre ello pronunció, y en seguimiento de la dicha apelación Pedro de Ardila en vuestro nombre se presentó en el mi Consejo de la dicha orden donde fue traído y proceso de la dicha causa y alegado en ella se vio derecho y habiendo hecho lo mismo la parte del cura mayordomo y parroquianos de la dicha causa, y alegado en ella se vio derecho y habiendo hecho lo mismo la parte del cura mayordomo y parroquianos de la dicha iglesia de San Sebastián los del dicho mi Consejo recibieron a prueba con cierto término y por ambas partes fueron presentadas ciertas probanzas de que se pidió e hizo publicación y estando concluso el proceso de la dicha causa los del dicho mi Consejo remitieron la determinación della al capítulo general que de la dicha orden al presente se celebra por mi mandato en esta ciudad de Toledo y visto todo lo susodicho por los reverendos padre priores de los conventos de Santiago de la villa de Uclés y Sant Marcos de León, comendadores mayores, treces y enmiendas que en el dicho capítulo fueron ajuntados,
yo con su acuerdo mandé aprobar e confirmar como por la presente apruebo e confirmo la dicha mi provisión y la división e proveimientos que en cumplimiento della hizo el dicho reverendo padre prior que de suso va incorporando todo lo cual es mi merced y voluntad sea guardado, cumplido y ejecutado y que contra el tenor y forma dello ni de cosa alguna ni parte de ello no vais ni pasáis ni consistáis ir ni pasar en tiempo alguno ni por alguna manera y por la presente mando al reverendo padre prior que es o fuere del dicho convento de Sant Marcos de León o a su provisor que os compella o apremie a que como de suso se contiene lo guardéis y cumpláis y no consienta ni dé lugar que hacedáis dello en manera alguna y los unos ni los otros non fagades ni fagan ende al sopena de la mi merced y de doscientos ducados de oro para obras pías en los cuáles desde luego condeno y he por condenado a cada uno que lo contrario hiciere.
Dada en Toledo a veinte días del mes de noviembre del año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo de mil y quinientos y sesenta años.
Yo el rey
Yo Juan Vázquez de Molina, Secretario de su católica majestad la fize escribir por su mandato de su majestad.
Vuestra majestad confirma la división que el prior del convento de Sant Marcos de León hizo de dos parroquias en la villa de Estepa.
F. Prior Uclen
Ch. prior Santi or legione
Juan Vázquez de Molina, trece.
El Conde de Feria, trece
Juan de Figueroa, trece
El Conde de Palma
Don Juan de Ayala, enmienda
Etcétera.
******************************
El Consejo acordó el cumplimiento en 31 de Julio de 1562, pero la iglesia de Santa María apeló ante Su Santidad y trajo juez apostólico que lo fue el arzobispado de Sevilla.
Su Santidad parece que confirmó la división.
Fuente:
-Memorial Ostipense de Antonio Aguilar y Cano.
50 AÑOS DE LA REFUNDACIÓN DE LA HERMANDAD DE SAN PEDRO
El 30 de abril de 1953 un grupo de devotos de la imagen de San Pedro Apóstol decide refundar la Hermandad de San Pedro en Estepa.
En 2003 se conmemora los 50 años de la refundación de la hermandad con una serie de actividades culturales, un pregón conmemorativo, una salida extraordinaria con la imagen de San Pedro y la publicación de un libro sobre los 50 años de la hermandad realizado por D. Moisés Caballero Páez, archivero histórico de la hermandad.
El 14 de Junio se inician los actos conmemorativos con una conferencia sobre el archivo de la hermandad presentada por el capataz del paso de San Pedro y pregonero de la Semana Santa de 2003, D. Francisco Muñoz Sánchez.
El 21 de Junio se pronuncia el Pregón del 50 aniversario por D. Eduardo Chía Cruz y presentado por D. Francisco Javier Jordán Fernandez, Presidente del Consejo de Hermandades y Cofradías de Estepa. Le sigue el triduo anual a San Pedro Apóstol por su onomástica en los días 25, 26, y 27 de Junio, oficiándose la función principal en la mañana del 28 de Junio por D. Manuel Santos Ortega, párroco de San Sebastián, en la sede de la hermandad, la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción. La imagen de San Pedro presidió esta función en el altar mayor sobre su paso ya preparado para la salida extraordinaria de la tarde, víspera de su onomástica el día 29 de Junio.
La hermandad decidió que la imagen de San Pedro fuera ataviado con una túnica al modo hebreo de color blanco, contrastando con los claveles rojos del paso y la tez oscura de la imagen. La hermandad quiso señalar así la evolución de la hermandad desde la fundación en la Iglesia de Santa María con su antiguo titular San Pedro en la Cátedra a la humildad del pescador de hombres que representaba la imagen de San Pedro ataviado al modo hebreo. Acierto éste de la hermandad de San Pedro que nos permitió ver una estampa distinta por las calles de Estepa. San Pedro fue llevado por las dos cuadrillas de la hermandad más algunos costaleros de las hermandades estepeñas que también participaron.
La hermandad hizo un gran esfuerzo para traer desde Sevilla a la banda de cornetas y tambores de Nuestra Sra. de la Victoria “Las Cigarreras” para que acompañara a San Pedro, estrenando la marcha “Tus Lágrimas” que fue dedicada a la hermandad. La hermandad siempre ha estado relacionada con los sones de cornetas y tambores y con la banda de “Las Cigarreras”, participando esta banda en el certamen anual que organiza la hermandad en la cercanía a la cuaresma.
Los actos se reanudaron en Septiembre con la entrega de un pergamino conmemorativo a los hermanos que ocuparon el cargo de hermano mayor en la hermandad. A continuación se produjo la conferencia “La vinculación de la Hermandad de San Pedro con la Casa de Cerverales”, a cargo de D. Hipólito Sanchiz y Álvarez de Toledo, Marquez del Vasto. Finalizaron los actos con la presentación del libro sobre los 50 años de la hermandad. Una obra importante de la hermandad en este año fue la clasificación y catalogación del archivo histórico en las dependencias de su Casa Hermandad situada en la calle Castillejos.
CARTA DE EDICIÓN
Para llevar a cabo este trabajo, se inició en el blog la recopilación de artículos que procedían principalmente de los boletines y libros de las Hermandades estepeñas, el
Ayuntamiento de Estepa en sus diversas publicaciones, blogs dedicados a la Historia y Semana Santa de Estepa y por último la información que se daba en las redes sociales. Para acompañar a estos artículos se escogían fotografías que se encontraban en los diferentes medios ya mencionados. Tanto los artículos como las fotografías publicados en estos medios no habían sido realizados para el blog.
Desde el blog se ha trabajado también por la investigación propia y de esta forma se han publicado artículos nuevos de información, a los que se le han dedicado un gran esfuerzo. Siguiendo la misma idea, se han realizados también fotografías propias que no se han firmado, pero que han aparecido tanto en el blog como en nuestra página de Cofrades. La idea del blog siempre ha sido compartir y dar a conocer, por lo que siempre se ha permitido la utilización de estas imágenes y de estos artículos. Sólo los que han llevado a cabo la aventura de crear un blog, pueden reconocer las numerosas horas, esfuerzo e ilusión que se le dedica a un proyecto de estas características, y es por ello por lo que conocemos de primera mano la importancia que para un creador de blog tienen los contenidos propios que ha realizado. Por eso, queremos disculparnos con aquellas personas que se hayan sentido ofendidas por la publicación de sus trabajos y retiraremos aquellos trabajos que no quieran que aparezcan en este blog. Sólo indicar que el blog no llega a asumir la autoría de estas fotografías y artículos, y que por lo tanto se expresa su autor o autores al final de cada artículo.
De igual manera, queremos mostrar nuestra gratitud a todas las personas que se han puesto en contacto con el blog para publicar sus artículos y fotografías. Sabemos la ilusión y confianza que han depositado en el blog y se lo agradecemos enormemente.
ALTAMENTE RECOMENDABLE
-El patrimonio cofrade: arquitectura. La Hornacina.
-El patrimonio cofrade: retablos. La Hornacina.
-El patrimonio cofrade: andas, pasos y carros . La Hornacina.
-Entrevista a "Pepe Romero". La Voz Cofrade de Osuna. 2011
-El milagro del Niño Jesús de Estepa. F. Cabanillas. El Correo de Andalucía. 2018
-El Cristo de las Aguas Santas. Estepa. Hermanos de Las Aguas. 2010
-Conservación y Restauración: San Francisco de Asís. Informe. IAPH. 2004
-Conservación y Restauración: Cruz parroquial de Estepa. IAPH. 2009
-Restauración de la cruz parroquial de Santa María. La Hornacina. 2010
-Selecciones: La obra de Luis Salvador Carmona. La Hornacina. 2008
-Selecciones: III Centenario del nacimiento de José de Medina. La Hornacina. 2009
-Selecciones: III Centenario del nacimiento de Andrés de Carvajal. La Hornacina. 2009
-Selecciones: III Centenario del nacimiento de Francisco Salzillo. La Hornacina. 2007
-Don Lorenzo Suárez de Figueroa (I) (II) (III) A. Rodríguez Crujera. Desde la Alcazaba. 2010
-La Torre del Homenaje del Castillo de Estepa (I) (II) A. Rodríguez Crujera. Desde la Alcazaba. 2010
-Jesús de la Salud de Lora de Estepa. Jaime Muñoz. El zoom de Monet. 2009
-Burguillos Viajero: Estepa (I) y (II). J. Velázquez. 2010
-La firma de Cervantes en Estepa. A. Mallado. ABCdeSevilla. 2014
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-¿Quién hizo a Mª Stma. de la Amargura, San Juan Evangelista y María Magdalena de la Hermandad del Calvario tras la Guerra Civil?
-Localización de los lienzos de la desaparecida Ermita de la Concepción: lienzo de la Inmaculada Concepción y lienzo de San Fausto.
-¿Cuántas sedes ha tenido el Consejo General de Hermandades y Cofradías de Estepa?
Nos gustaría encontrar:
-Fotografías de la visita de Nuestro Padre Jesús al Convento de Santa Clara en 1995.
-Fotografías de la salida extraordinaria de Mª Stma. de los Dolores de San Pedro en 2001.
-Fotografías de la salida extraordinaria de San Pedro Apóstol por los 50 años de la refundación de la Hermandad en 2003.
-Fotografías del traslado cuaresmal del Stmo. Cristo de las Penas a la Iglesia de la Asunción.
-Cartel conmemorativo del 50 aniversario de la Hermandad de las Angustias.
-Cartel conmemorativo del 50 aniversario de la Hermandad de los Estudiantes
-Cartel conmemorativo del 350 aniversario del Juramento a la Inmaculada Concepción de María (Hdad. San Pedro)
-Fotografías e información de la exposición "Las devociones populares en las colecciones privadas estepeñas"
-Fotografías de los retablos de la Iglesia de la Victoria que se encuentran en:
-Retablo Mayor (Iglesia de Santiago-Herrera)
-Retablo de San Francisco de Paula (Iglesia de la Encarnación-Casariche)
-Retablo de Ntra. Sra. de los Dolores (Iglesia de Santiago- Puente Genil)
-Retablo Virgen de las Angustias (Iglesia de Santiago – Puente Genil)
-Retablo de San Francisco de Sales (Iglesia de Santiago – Puente Genil)
-Retablo de Jesús Nazareno (Iglesia de Omnium Sanctorum – Sevilla)
-Retablo Ntra. Sra. de la Candelaria (Puebla de Cazalla)
-Retablo de Santa Lucía (Iglesia del Socorro – Badolatosa)
-Retablo de San Blas (Iglesia del Rosario – El Rubio)
-Púlpito de la Iglesia (Iglesia del Corpus Christi – Sevilla)
HORARIO DE VISITAS
Iglesia de los Remedios, de 11 de la mañana a 1 de la tarde.
Iglesias de La Asunción, El Carmen y Santa Ana, de 11 de la mañana a 1 de la tarde, y de 7 a 9 de la tarde.
HORARIO DE MISAS
INFORMACIÓN TURÍSTICA
CAPILLA MUSICAL
MÚSICA PROCESIONAL (BM 1)
MÚSICA PROCESIONAL (BM 2)
MÚSICA PROCESIONAL (BCT)
MÚSICA PROCESIONAL (AM)
EQUIPO DE PRIOSTÍA
Juan Pablo II Exhortación Apostólica, “Christifidelis laici”