12/12/09

JURAMENTO DE ESTEPA A LA INMACULADA CONCEPCIÓN DE NUESTRA SEÑORA


A iniciativa de la Hermandad de San Pedro, establecida en aquel entonces en la Iglesia de Santa María de la Asunción la Mayor y Matriz y compuesta de eclesiásticos de la villa y vicaría de Estepa, se decide prestar juramento y defensa, incluso dando la propia sangre y vida si fuese necesario, de que la Virgen María fue concebida sin pecado original. A esta iniciativa se une la Vicaría y el clero de Estepa, encabezada por el vicario Guillermo de Ribera, y el Ayuntamiento, cuyo alcalde era D. Diego de Aceijas y Ossorio. Para poder llevarla a cabo necesitan el permiso del Marqués de Estepa, D. Adam Centurión, quien firma la licencia el 27 de Marzo de 1651 y es presenta en el Ayuntamiento cuatro días después, el 31 de Marzo de 1651. El Ayuntamiento acuerda que deben hacer el juramento además todos los miembros del Cabildo, escribanos, capitulares, procuradores, miembros de la jurisdicción, que fueran nombrados por el marqués. A partir de entonces comienzan los preparativos para el juramento.

Se escoge el 21 de Mayo de 1651 para el juramento y se elige la Iglesia de Santa María de la Asunción la Mayor y Matriz, sede de la Hermandad de San Pedro y de la Vicaría de Estepa. La imagen elegida para presidir el juramento fue Nuestra Señora del Pilar, copia de la patrona de Zaragoza y que fue regalada por el tercer Marqués de Estepa al Convento de Santa Clara. Actualmente esta imagen se encuentra en el altar mayor de la iglesia del convento. Este día se manda publicar como fiesta solemne de Nuestra Señora del Pilar.

Llegado el día, se traslada la imagen en solemne procesión hasta la Iglesia de Santa María y se coloca en el altar mayor, adornado para la ocasión. En la iglesia se reúne el Marqués de Estepa con toda su familia, el Vicario y demás clero, el Ayuntamiento y demás personas con cargo público, y el pueblo de Estepa. El Vicario lee el juramento y tras la lectura comienza a prestarlo los asistentes al acto, que por orden serían el clero, el marqués y su familia, el Ayuntamiento y el pueblo. Después de la celebración, la imagen de Nuestra Señora del Pilar es llevada de nuevo al Convento de Santa Clara.

Destaca del juramento el involucramiento vitalicio del pueblo al mencionar no sólo al presente sino también al pasado (aquellos que vivieron en Estepa con anterioridad) y al futuro (aquellos que vivirían en Estepa después y ya tendrían constancia de tal juramento). También destaca la mención a diversas reliquias que se conservaban en la iglesia mayor, entre ellas el Lignum Crucis que existe hoy en día en la iglesia. Existe también mención a diversas iglesias dedicadas a la Purísima Concepción de María en los territorios del marquesado de Estepa, como fueron la Ermita de la Concepción de Estepa o la Parroquia de la Purísima Concepción de Gilena. D. Antonio Aguilar y Cano recoge en su Memorial Ostippense el juramento escrito por el escribano D. Antonio del Valle, que aparece a continuación.

*****************************************
En la villa de Estepa, a veinte y un día del mes de mayo de mil y seiscientos y cincuenta y un años, domingo infraoctava de la Ascensión de Nuestro Señor Jesucristo, en conformidad de lo acordado y decretado por el Ayuntamiento de esta villa, en su cabildo que celebró a los veinte de Febrero de este presente año en que hizo relación que por la Hermandad del señor San Pedro de esta villa, que se compone de todos los clérigos de orden sacro de ella, quería votar el defender la limpieza y pureza de la Virgen Santa María Madre de nuestro Redentor Jesucristo concebida sin mancha de pecado original, y el dicho Ayuntamiento quería hacer el mismo voto para que la Virgen Santísima ampare sus cosas y Dios Nuestro Señor les comunique la gracia por su intercesión para sus aciertos en el servicio de su Divina Majestad, y el gobierno de la República de lo que de él está a su cargo,

y para hacer el dicho voto el dicho Ayuntamiento y quien provee y elige los capitulares de él y para pedir la dicha licencia diputaron a el señor licenciado don Andrés de Messa y Avendaño, corregidor de este estado y a mí, Antonio del Valle Benavides, escribano del rey nuestro señor, mayor del Cabildo y de los reales servicios de millones de esta villa por nombramiento del marqués de Estepa, mi señor, y en nombre del dicho Ayuntamiento, el dicho señor corregidor y yo, el presente escribano, conferimos el dicho acuerdo con S. S. el marqués de Estepa, mi señor, y suplicamos a su señoría concediese a el dicho Ayuntamiento la licencia que pedía, y su señoría la concedió como de ella consta que es la que sigue:

Licencia:
Adam Centurión, marqués de Estepa, del Aula, de Biola y de Monte de Bay, etc.

Por cuanto el cabildo de esta mi villa de Estepa, en señal de encendido amor y devoción que tiene a el purísimo misterio de la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora, quiere hacer juramento de tener y defender la opinión de que la Virgen María Nuestra Señora fue concebida sin mancha de pecado original, y me ha pedido licencia para ello, como de ella consta, agradeciendo mucho a el dicho cabildo su buen celo se la doy para que lo haga según y como lo han hecho muchas ciudades, iglesias, conventos, colegios y universidades de estos reinos, de que les mande dar la presente firmada de mi mano y refrendada del infraescrito mi secretario, sellada con el sello de mis armas en esta mi villa de Estepa, a veinte y siete días del mes de marzo de mil y seiscientos y cincuenta y un años.

El marqués de Estepa

Por mandado del marqués mi señor

Alonso Juárez


La cual se presentó en el Ayuntamiento a los treinta y uno de marzo de este año de mil y seiscientos y cincuenta y uno y por vista por él, la obedeció con el respeto debido y acordó que para los oficiales que entraren en el dicho Ayuntamiento a ser capitulares y en los de los lugares de esta jurisdicción y todos lo que presentaron títulos y nombramientos del marqués de Estepa, mi señor, para usar oficios de escribanos, procuradores, u otros, además del juramento acostumbrado que tienen obligación hagan el que el dicho Ayuntamiento quiere hacer, se suplique a el marqués de Estepa, mi señor, tenga por bien de mandar que cuando se reciban a el uso y ejercicio de los dichos oficios hagan el dicho juramento, y disputaron para esta súplica a el señor don Diego de Aceijas Ossorio, alcalde ordinario de esta villa por el estado noble, y a mí, el dicho escribano mayor del cabildo,

y para este dicho día domingo veinte y uno de mayo se mandó publicar fiesta solemne a Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, que lo es de la Concepción, que está en el convento de Santa Clara de Jesús desta villa en señal de encendido amor que se tiene a este purísimo misterio, para que se haga el dicho juramento,

y hoy dicho día se juntaron en la iglesia mayor de esta villa, adonde se celebra la fiesta, don Francisco Centurión y Córdoba, marqués de Almunia, presbítero, caballero de la Orden de Santiago, mi señor, y Adam Centurión, marqués de Estepa, mi señor, y el señor don Juan Centurión y Córdoba, caballero de la Orden del Alcántara, hermano de sus señorías, y doña María Centurión y Córdoba de Mendoza, marquesa de Estepa, mi señora, y don Cecilio, marqués del Aula, mi señor, hijo primogénito de sus señorías, el señor don Luis Thesifón, el señor don Francisco Hiscio, el señor don Gil Segundo, y mi señora doña Sancha Centurión y Córdoba y Mendoza, hijos de sus señorías y su familia, y el señor doctor Gerónimo de Rivera, vicario general y juez eclesiástico ordinario de esta villa y su estado y anejos por autoridad apostólica, y la hermandad del señor San Pedro, y el Ayuntamiento de esta villa,

y en procesión fueron al convento de Santa Clara de Jesús por la imagen de Nuestra Señora del Pilar y traída a la santa iglesia con toda la solemnidad se colocó en el altar mayor que estaba curiosamente aderezado y comenzó la misa el dicho señor doctor Gerónimo de Rivera, vicario general, y fueron diáconos los licenciados Francisco García y Gerónimo Borrego y dicho el evangelio predicó el sermón el padre fray Pedro de Soto, lector jubilado de la Orden de Nuestra Señora de la Victoria, y a el tiempo del ofertorio el licenciado Francisco García, diácono subió al púlpito y altas e inteligibles voces leyó el juramento que es el que se sigue:

Juramento:
En el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas, un solo Dios verdadero, y de la bienaventurada llena de gracia bendita entre todas las mujeres, la Santa siempre Virgen María, madre del Fruto bendito de su vientre Dios y Señor Nuestro Jesús. Reina de los ángeles, Señora y abogada nuestra concebida sin marcha de pecado original, y de todos los ángeles y arcángeles y espíritus celestiales, y de San Juan Bautista y de todos los Santos Patriarcas y profetas y de los bienaventurados apóstoles San Pedro y Santiago, hijo de Sebedeo, único patrón de España, y de todos los demás Santos apóstoles Evangelistas, discípulos del Señor, inocentes mártires, pontífices y confesores, sacerdotes y levitas, monjes y ermitaños, vírgenes y viudas y demás Santos y Santas de la Corte Celestial, en especial de aquellos cuyas reliquias se veneran y guardan en esta iglesia de los Santos Cecilio, Tesifón, Hiscio, Torcuato, Eufrasio, Segundo, Lindalecio, convertido en España discípulo del mismo Apóstol Santiago, que después de la muerte de su maestro y de su predicación fueron en ella los primeros predicadores de nuestra santa fe católica y de la verdad y misterio de la Purísima Concepción de Nuestra Señora y nos dejaron en ella la milagrosa imagen del Pilar de Zaragoza, de la advocación de la misma Concepción, que en todos tiempos ha durado y dura con veneración en la ciudad de Zaragoza, cuya efigie labrada en la misma ciudad y tocada a la original y bendita por el ilustrísimo señor arzobispo de ella que entonces era, colocada en la parte alta del sagrario del convento de Santa Clara de Jesús de esta villa de Estepa, tenemos presente ahora en esta iglesia traída en procesión para este efecto.


Nos don Francisco Centurión, marqués de Almunia, y Adam Centurión, marqués de Estepa, hermano mayor y yerno del dicho marqués de Almunia, y doña Leonor María, marquesa de Estepa, mujer del dicho marqués don Juan Centurión, hermano de los dichos marqueses; don Cecilio, marqués del Aula, hijo primogénito de los dichos marqueses de Estepa, y su merced don Luis Tesifón, don Francisco Hiscio, don Gil segundo y doña Sancha, hermanos, hijos, asimismo, de los dichos marqueses de Estepa.

Y el doctor Gerónimo de Rivera, vicario general y juez eclesiástico ordinario de esta villa y su estado y anejos por autoridad apostólica, y el clero de esta villa, y el mismo clero, en cuanto cofradía del Príncipe de los Apóstoles San Pedro cita en esta santa iglesia con los demás cofrades y su abad mayor, que a el presente es el licenciado don Alonso de Rafael y Córdoba, y don Andrés de Mesa y Avendaño, corregidor de este estado y los alcaldes, Justicia y Concejo y Regimiento de esta villa por nosotros y por los demás vecinos de ella y su jurisdicción eclesiásticos y seglares y todos y cada uno de nos y especialmente por lo que toca y por nuestros hijos y menores presentes y ausentes, así como los que ahora son como los venideros para siempre jamás,

en conformidad de los que tenemos considerando acordado y resuelto y conformándonos con lo que nuestros reyes y príncipes, ciudades y villas, iglesias, universidades, cabildos y otras comunidades eclesiásticas y seglares han hecho y van haciendo y con la general aclamación de la cristiandad y con la atención a la gran devoción que esta villa siempre ha tenido y tiene a este misterio debida a tan gran Señora,

y para culto y servicio suyo a que esta villa especialmente se halla obligada por haber sido ganada de los moros el día de su gloriosa Asunción y siendo esta iglesia mayor y las más principales de sus estado dedicadas a su santísimo nombre y algunas a su Purísima Concepción con cofradías en ellas muy antiguas de esta advocación, y por tener en esta iglesia el inestimable tesoro de reliquias de cabello, vestiduras y otras cosas de esta bendita Señora, y por otras obligaciones y por servicio y agrado suyo,

y asimismo, en consideración de que los eclesiásticos de esta villa, el cabildo de la cofradía dicha de San Pedro y el cabildo secular en su Ayuntamiento tenemos decretado que todos los Cofrades, y Justicia y Regimiento que al presente somos y adelante fueron entrando, voten y juren solemnemente este santo misterio en la manera que aquí irá expresando y por principio y en cumplimiento de ello de nuestra libre y espontánea voluntad y de todo corazón y afecto.

Nos, todos los susodichos que aquí nos hemos juntado para esto y cada uno por lo que nos toca y por los demás eclesiásticos, cofrades, justicias y regimientos y cabildos venideros y vecinos de esta villa y en término y su jurisdicción, presentes y ausentes y futuros, supuesta la obediencia a nuestros muy santos padres Romanos Pontífices pasados y a Su Santidad Inocencio décimo que al presente lo es y a los que en adelante lo fueren vicarios de Cristo Nuestro Señor, sucesores de San Pedro y a nuestra Santa Madre de la Iglesia Católica Romana y a sus determinaciones y en la vía y forma que mejor haya lugar de derecho y nos sea lícito y permitido,

prometemos, votamos y juramos a Dios Nuestro Señor, sucesores de San Pedro y a nuestra Santa Madre de la Iglesia Católica Romana y a sus determinaciones y en la vía y forma que mejor haya lugar de derecho y nos sea lícito y permitido,

prometemos, votamos y juramos a Dios Nuestro Señor, a esta Santa Cruz y a la Virgen Santísima y a estos Santos Evangelios que puestos de rodillas tocamos con nuestras manos derechas de tener y creer y confesar y publicar y defender en público y en secreto cada uno conforme a su estado dando si necesario fuese sobre ello nuestra sangre y nuestras vidas durante ellas y de morir en ello,

que la santa siempre Virgen de las vírgenes, Madre de Dios, reina de los ángeles, señora y abogada nuestra y madre de misericordia fue concebida sin pecado original y abeterno preservada de él totalmente, que no la tocó ni incurrió en él en ningún tiempo ni en el primer instante, sino que fue totalmente libre de él, siempre sin mancha y pura y santa y hermosa y agradable a Dios por singular redención en la universal, por los méritos y sangre de su bendito fruto en su vientre Dios y señor nuestro Jesús, cuya madre había de ser y fue, del cual voto y juramento pedimos a los circunstantes nos sean testigos y de cómo lo hacemos le pedimos por testimonio.


Y después el dicho señor doctor Gerónimo de Rivera, vicario general, que bajó al presbiterio donde estaba un bufete cubierto con una sobremesa de brocado y encima una cruz de plata y un libro misal abierto con los santos evangelios y junto al dicho bufete una silla carmesí con clavazón dorada, la cual tomó el marqués de Almuña, mi señor, y ocupando el hueco de ella aunque en pie, con sobrepelliz, vuelto el rostro a los marqueses de Estepa mis señores y a su familia, a la dicha hermandad y al dicho Ayuntamiento, se hincó de rodillas el dicho señor vicario general y puso la mano derecha en la cruz y misal, y su señoría recibió el dicho juramento,

y el marqués de Almuña, mi señor, desocupó la silla y la dio al dicho señor vicario para que la ocupase, la cual ocupó aunque en pie y el marqués de Almuña, mi señor, se hincó de rodillas y puso la mano en la cruz y misal, y el dicho señor vicario general recibió de su señoría el dicho juramento, y su señoría se levantó y se fue al coro,

y el dicho señor vicario general se sentó en la dicha silla y fue recibiendo el mismo juramento a toda la hermandad del señor San Pedro y clero de esta villa,

y luego llegó el marqués de Estepa, mi señor, y al llegar el dicho señor vicario general se levantó en pie y su señoría se hincó de rodillas y hizo el mismo juramento recibiéndolo el dicho señor vicario general,

Y luego el señor don Juan Centurión y Córdoba, hermano de sus señorías, hincado de rodillas, hizo el mismo juramento, y luego lo hizo don Cecilio, marqués del Aula, mi señor, primogénito de sus señorías hincado de rodillas en la dicha forma.

Y luego llegó el señor don Luis Tesiphon, el señor don Francisco Hiscio y el señor don Gil Segundo, hijos de los marqueses de Estepa, mis señores, y hicieron el mismo juramento.

Y luego llegó mi señora doña Leonor María Centurión Córdoba y Mendoza, marquesa de Estepa, y hizo el mismo juramento, y después de su señoría, mi señora doña Sancha Centurión y Córdoba y Mendoza, hija de sus señorías los marqueses de Estepa, mis señores, de quien el dicho señor don Gerónimo de Rivera, vicario general, recibió el dicho juramento en pie y habiéndolo recibido se sentó en la dicha silla


y hincados de rodillas fueron llegando a hacer el dicho juramento y lo hicieron las familias de sus señorías y luego llegó el señor licenciado don Andrés de Mesa y Avendaño, corregidor de este estado, y al tiempo de hincarse de rodillas el dicho señor vicario general inclinó la cabeza haciéndole cortesía, habiendo el dicho señor corregidor hecho el dicho juramento se volvió a su escaño, y después llegaron a hacer el dicho juramento y lo hicieron en la dicha forma el señor don Diego de Aceixas Ossorio, alcalde ordinario por el estado noble, el señor don Cristóbal Gómez de la Rambla, alcalde ordinario por el estado llano, el señor don Francisco de Vergara Amaya, alguacil mayor por el estado noble, los señores Alonso Martín Cantalejo y don Gerónimo de Vergara, regidores por el estado noble, los señores Alonso Martín Chincoa, Diego Fernández de Orenjuela, don Juan de Angulo, Tomás de Torres Carrasco, Diego Alonso Delgado y Francisco Borrego, regidores por el estado llano,

y luego llegaron a hacer el dicho juramento y lo hicieron los señores don Francisco Pleitez, alcalde de la Santa Hermandad por el estado noble, y Juan Rodríguez Gómez, asimismo alcalde por el estado noble, y Juan Rodríguez Gómez, asimismo alcalde por el estado llano, el licenciado Francisco Ruiz Vegel, familiar del Santo Oficio, abogado del dicho Ayuntamiento y padre general de menores de esta villa, Juan de Cabrera León, procurador del dicho Ayuntamiento y fiscal de esta villa, y todos hincados de rodillas, en la dicha forma lo juraron; y otras muchas personas principales que después llegaron a quien de todos el dicho señor don Gerónimo de Rivera, vicario general, recibió el dicho juramento, y después llegué yo, el presente escribano, y hincado de rodillas hice el dicho juramento y me volví a mi lugar que era el lado izquierdo del dicho señor vicario general, y vuelto el rostro al pueblo dije tres veces en altas voces:

-¿Así lo juran y prometen todas las demás personas que están en esta santa iglesia?

Y respondieron –“Sí, juramos.”

Y el dicho señor vicario general prosiguió la misa en la cual comulgó el dicho Ayuntamiento.

Y la tarde habiendo celebrado vísperas solemnes asistiendo a ellas sus señorías y la dicha hermandad y Ayuntamiento, volvieron en procesión a Nuestra Señora del Pilar a el dicho convento de Santa Clara de Jesús, a lo cual fueron testigos de todo lo susodicho Pedro Gómez Salvador, Manuel de Silvera, don Juan de Rafadel y Juan de Aguilar, de que doy fe.

En testimonio de verdad.

Antonio del Valle, escribano mayor del Cabildo.




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CARTA DE EDICIÓN

El blog Devociones de Estepa nació en la cuaresma de 2009 y tuvo como motivo de inspiración la oportunidad de dar a conocer la Semana Santa de Estepa a través de los nuevos medios de comunicación. El objetivo principal era recopilar información de las Hermandades y Cofradías de Estepa así como mostrar nuestras tradiciones y costumbres. El blog se definió con carácter divulgativo, y por lo tanto, al carecer de carácter lucrativo, se ha rechazado sistemáticamente toda propuesta económica que hemos recibido. Sólo se ha permitido artículos relacionados con la información cofrade o que tuvieran carácter benéfico.

Para llevar a cabo este trabajo, se inició en el blog la recopilación de artículos que procedían principalmente de los boletines y libros de las Hermandades estepeñas, el
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Desde el blog se ha trabajado también por la investigación propia y de esta forma se han publicado artículos nuevos de información, a los que se le han dedicado un gran esfuerzo. Siguiendo la misma idea, se han realizados también fotografías propias que no se han firmado, pero que han aparecido tanto en el blog como en nuestra página de Cofrades. La idea del blog siempre ha sido compartir y dar a conocer, por lo que siempre se ha permitido la utilización de estas imágenes y de estos artículos. Sólo los que han llevado a cabo la aventura de crear un blog, pueden reconocer las numerosas horas, esfuerzo e ilusión que se le dedica a un proyecto de estas características, y es por ello por lo que conocemos de primera mano la importancia que para un creador de blog tienen los contenidos propios que ha realizado. Por eso, queremos disculparnos con aquellas personas que se hayan sentido ofendidas por la publicación de sus trabajos y retiraremos aquellos trabajos que no quieran que aparezcan en este blog. Sólo indicar que el blog no llega a asumir la autoría de estas fotografías y artículos, y que por lo tanto se expresa su autor o autores al final de cada artículo.

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-Carteles de la Semana Santa de Estepa editados por el Consejo y por el Ayuntamiento

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