8/3/15

LA COMPAÑÍA DE JESÚS EN ESTEPA



El licenciado D. Gonzalo Fernández de las Cuevas testó ante el escribano público Juan López de Castilla el 17 de marzo de 1636, su voluntad de “fundar un colegio de la Compañía de Jesús”. La disposición última de D. Gonzalo y de su esposa, Dña. María de Arteaga y Céspedes, al no poseer descendencia era la fundación de un colegio de la Compañía de Jesús para cuyo sostenimiento donaron la totalidad de sus bienes patrimoniales. Si los padres de la congregación ignaciana aceptaban la fundación y dirección del colegio bajo su amparo debían enseñar lectura, escritura, retórica, latinidad y latín. Indica el protocolo notarial que la fábrica del colegio se haga en la parte más cómoda de esta villa y que para su edificación y mantenimiento los dichos padres de la Compañía de Jesús administren los dichos bienes. Se constituirá de esta forma la congregación ignaciana como el heredero universal de un patronato cuya responsabilidad será la práctica docente y la gestión administrativa de la fundación.

D. Gonzalo preveía que si la Compañía declinaba su venida a Estepa se habría de nombrar ocho capellanes de la Iglesia Mayor, indicando las funciones propias de cada uno de ellos. Un capellán se dedicaría a la administración del colegio, otros enseñarían a leer, escribir e impartirían latín y retórica, mientras que los capellanes restantes tendrían que celebrar cada semana dos misas por las almas de los fundadores. En este caso se nombraba a D. Adán Centurión y Córdoba, III Marqués de Estepa (1585-1658), como patrono sobre el patrimonio del licenciado Fernández de las Cuevas.

La llegada a Estepa de la congregación ignaciana y la legítima reclamación de los bienes donados propiciaran un interesante y dilatado pleito con el Marqués de Estepa, cuya intención era hacerse con el patrimonio legado a la Compañía e impedir su establecimiento en la villa estepeña.

La tajante negativa por parte del marqués al establecimiento de la Compañía en la villa y el denodado interés por hacerse con el control del patrimonio de dicha fundación, debe entenderse como el intento de monopolizar la preciada herencia legada a la congregación ignaciana. Para la financiación del colegio se destinaron numerosas tierras, viñas, olivares y otras rentas agropecuarias en el cortijo del Moralejo.

Las atribuciones que asumió el marqués en dicho pleito con la Compañía de Jesús fueron quizás excesivas, ya que la cláusula testamentaria lo reconocía como copatrono de la fundación colegial, solo en caso de que la congregación ignaciana declinase asumir la erección y gobierno del citado colegio. En este sentido el aristócrata intento por todos los medios, tanto legales como ilegales, anular el testamento de D. Gonzalo para conseguir con ello la expulsión de los jesuitas de la villa ostipense y el control de los sustanciosos bienes legados a la congregación.

El Marqués de Estepa justificaba la invalidez del testamento al ser redactado, según él, bajo la supuesta coacción de Dña. María de Arteaga y Céspedes, gravemente enferma, aceptando así su esposo la última voluntad presionado por la agonizante enfermedad de su cónyuge. Posiblemente la vinculación de Dña. María con la congregación ignaciana la hizo erigirse en la valedora y defensora del establecimiento de los jesuitas en la villa. Y así el escribano público Juan López de Castilla reconocería que el testamento a favor de la Compañía se había efectuado bajo coacción, sin la libre voluntad y consentimiento del testador, señalando al mismo tiempo que la legítima responsabilidad de la fundación recaía sobre el marqués. Sin embargo, Dña. María demostró que las acusaciones del aristócrata estepeño eran infundadas, correspondiéndole legítimamente la propiedad de los bienes, a ella y a la Compañía.

El padre provincial para defender los intereses de la Compañía en la localidad ostipense se sirvió del padre Pedro Delgado. La congregación ignaciana justificará su derecho sobre el patronazgo fundacional valiéndose de la evidencia documental existente.

En torno a estas fechas el colegio se había fundado, estando a su cargo una pequeña comunidad de religiosos jesuitas con el padre Pedro Delgado como procurador, quizás contaron en un principio con una casa solariega donde la comunidad desarrollaba su vida religiosa y probablemente su actividad docente. Podríamos afirmar, por lo tanto, a la luz de los documentos que la Compañía de Jesús se estableció en la localidad sevillana de Estepa en el transcurso de la primera mitad del siglo XVII.

Las gestiones llevadas a cabo por el marqués para invalidar la cláusula testamentaria favorable a la Compañía se iniciaron el 28 de mayo de 1643, solicitando al Consejo de la villa que no permitiese la fundación del colegio por la congregación ignaciana. Pero el Consejo reconoció los derechos de la Compañía.

Sin embargo, la Real Chancillería de Granada dictaminó en 1647 que se fundasen las capellanías establecidas en las cláusulas testamentarias, destinando para ellas las rentas establecidas. Al mismo tiempo resolvió que sin el preceptivo consentimiento del Marqués de Estepa no se podría fundar el colegio en la villa, debiéndose de tener en cuenta su condición de patrono en dicha fundación.

Tras la muerte de Dña. María el pleito continuará al nombrar como su heredera universal a la Compañía de Jesús de la vecina ciudad de Osuna. De esta forma el litigio continuará, ahora, entre el IV Marqués de Estepa D. Cecilio Francisco Centurión y Córdoba y los jesuitas de la villa ursaonense. El dictamen definitivo llegará el 26 de enero de 1671 acordando poner fin al proceso litigante merced a la condescendencia de la congregación ignaciana aceptando solo 200.000 ducados del total de los bienes legados que legítimamente le correspondían. El patrimonio restante compuesto de haciendas y censos quedaba para las capellanías y memorias fundadas por D. Gonzalo pasando a ser administrados directamente por Marqués de Estepa.

El vicario eclesiástico ostipense, D. Jerónimo de Rivera, fundará a instancias del marqués unas Escuelas Pías en la calle Ancha el 11 de abril de 1673 destinándose para su sostenimiento ocho capellanías establecidas en las cláusulas testamentarias del licenciado Fernández de las Cuevas y poniéndose a la venta algunos de los bienes legados. De esta forma se desestimaba el establecimiento de la congregación ignaciana en la villa y se desligaba a la Compañía de la fundación del colegio.

“Ad maiorem gloriam Dei”

Artículo:
-El Colegio de los Jesuitas (1636-1653). EA Díaz Fernández. Historia de Estepa. 2012
-La efímera presencia de la Compañía de Jesús en Estepa. Díaz Fernández, EA. Los Jesuitas en Andalucía: Estudios conmemorativos del 450 aniversario de la fundación de la provincia. 2007